CONDICIONES DE INSTALACIÓN Y USO

Marcado lateral: Cinta roja-blanca-roja sobre superficie del borde lateral del vehículo, paralela al piso. Marcación de esquinas superiores delantera y trasera.

Altura de la cinta: A una distancia del suelo de 250 mm como mínimo y 1.500 mm como máximo.

En el panel más bajo disponible. Podrá aceptarse una altura máxima de 2.500 mm cuando la forma, estructura, diseño o condiciones de funcionamiento del vehículo impidan respetar el límite máximo de 1.500mm.

Extensión de la cinta lateral: Deberá cubrirse al menos el ochenta por ciento (80%) de la longitud total del vehículo.

En los extremos laterales delantero y trasero, la cinta deberá ubicarse a no más de 600 mm del extremo correspondiente, al igual que para cada extremo de la cabina de las unidades de tracción para semirremolques y, en cada extremo de los remolques, excluida la barra de tracción.

Las esquinas superiores deberán ir descritas por dos líneas a 90° una de otra y deberán marcarse con cinta en no menos de 250 mm por línea y a no más de 400 mm del borde superior del vehículo.

Marcación trasera : Cinta retrorreflectiva roja, a lo ancho y alto del extremo trasero de la carrocería, en los bordes de la misma.

Altura de la cinta inferior: A una distancia del suelo de 250 mm como mínimo y 1.500 mm como máximo. Podrá aceptarse una altura máxima de 2.500 mm cuando la forma estructura, diseño o condiciones de funcionamiento del vehículo impidan respetar el límite máximo de 1.500mm.

Cintas de bordes laterales: lo más cercana al borde de la carrocería.

Cinta de borde superior: A no más de 400 mm del borde superior del vehículo.

Extensión de la cinta: Deberá cubrir al menos el ochenta por ciento (80%) de los bordes traseros de la carrocería.

La distancia entre el marcado de visibilidad instalado en la parte posterior de un vehículo y cada luz obligatoria de frenado deberá ser superior a 200 mm.

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